Desestimados por el impacto ambiental 3 parques eólicos proyectados en todo el Valle del Guadiaro


6 de marzo de 2024

El BOE  Núm. 46 del Miércoles 21 de febrero de 2024 publicó anuncios del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico con 3 resoluciones del 27 de diciembre de 2023 ( 3347, 3348 y 3349) de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se desestiman las solicitudes de la empresa Desarrollos Renovables Eólicos y Solares, SL, de autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración, en concreto, de utilidad pública de los 3 parques eólicos:

- Parque eólico El Esparragal, de 62,7 MW, y de su infraestructura de evacuación, en Casares (Málaga) y San Martín del Tesorillo y San Roque (Cádiz).

- Parque eólico Las Milagrosas, de 62,7 MW, en Casares y Gaucín (Málaga) y San Martín del Tesorillo y Jimena de la Frontera (Cádiz).

- Parque eólico El Juncal, de 91,2 MW, y de su infraestructura de evacuación, en Casares (Málaga) y San Martín del Tesorillo y Jimena de la Frontera (Cádiz).

El BOE publicó en julio de 2021 estos 3 proyectos de  parques eólicos, que generarían 216 MW, una subestación eléctrica de evacuación y una línea de alta tensión de 12 km.

>>> VER AQUÍ DETALLES DE LOS 3 PROYECTOS

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DESESTIMADOS POR IMPACTO AMBIENTAL DESFAVORABLE

La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental emitió, con fecha 30 de marzo de 2023, 3 resoluciones por las que formuló declaraciones de impactos ambientales desfavorables para los 3 parques eólicos.

Los 3 proyectos constaban de 38 aerogeneradores con 148 metros de altura hasta el eje de aspas, 5,7 MW de potencia unitaria y 163 metros de diámetro de las aspas. Lo que hace que cada aerogenerador tendría una altura de casi 230 metros sobre el suelo, visibles desde kilómetros a la redonda a lo largo de todo el Valle del Guadiaro.

>>> VER 3 RESOLUCIONES PUBLICADAS EN EL BOE  Núm 46 del 21 de febrero DE 2024

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LA EMPRESA PODRÍA INTERPONER RECURSOS DE ALZADA

Contra las presentes resoluciones, que no pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recursos de alzada ante la persona titular de la Secretaría de Estado de Energía en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de la presente resolución.

Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resolución será firme a todos los efectos.